El final de la historia oficial
Luis Patti y Juan Spataro, policías de la provincia de Buenos Aires, recibieron la pena máxima como coautores del secuestro y asesinato de los militantes peronistas, pero seis imputados, entre ellos el dictador Reynaldo Bignone, fueron absueltos.
La lectura de cada veredicto condensa la expectativa no sólo de los meses de testimonios y pruebas, sino de décadas de luchas e insistencia. Gladys y Ethel Cambiaso esperaban ayer en la primera fila del público la sentencia a los responsables del secuestro y asesinato de su hermano Osvaldo, “el Viejo”. Ahí nomás estaba sentado Juan Griffo, el cuñado de Eduardo “Carlón” Pereira Rossi. El juez Jorge Venegas Echagüe leyó la decisión del Tribunal Oral Federal número 2: condenar a prisión perpetua a Oscar Guerrieri y Luis Muñoz, jefes del Destacamento de Inteligencia 121, como coautores mediatos y a Luis Patti y Juan Spataro, policías de la provincia de Buenos Aires, como autores penalmente responsables de los secuestros, torturas y asesinatos de los dos militantes montoneros. El siguiente punto fue como una puñalada en el corazón: absolvieron a los otros seis imputados. Juan Cabrera, Ariel López, Carlos Sfulcini y Walter Pagano, los cuatro Personal Civil de Inteligencia, integrantes de la llamada “Patota de Guerrieri”. Los magistrados también dejaron libres de culpa a Reynaldo Bignone, dictador y Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas el 14 de mayo de 1983, y a Rodolfo Rodríguez, que era jefe de Operaciones del Comando del 2º Cuerpo de Ejército. Durante el proceso, murió otro PCI, Ariel Porra, y fue apartado de la causa por razones de salud Carlos Lucena, que era jefe del Comando de Segundo Cuerpo de Ejército.
Sólo Cabrera y López escucharon el veredicto en la sala. El resto lo hizo por videoconferencia, desde sus lugares de detención.
“Esperábamos que Bignone fuera condenado y esperábamos más condenas de los PCI”, afirmó Ethel Cambiaso tras el veredicto. “La mitad es buena, la otra mitad deja mucho que desear. Desde hace 33 años esperamos condenas y en lo que hace al meollo central estamos contentas, en lo otro falta. Como el 1 de julio van a dar los fundamentos, Nadia (Schujman) me dijo que vamos a apelar”, agregó esperanzada. La abogada de HIJOS representó a las hermanas en este proceso.
“Estoy satisfecho por un lado que se condenó a los que apretaron el gatillo, como Patti, pero me sorprende que Bignone no tenga ninguna responsabilidad política y me sorprenden las absoluciones, porque ellos no llegaron solos hasta donde fueron fusilados. Hubo una patota que actuó”, consideró Griffo. En el acto que se realiza después de cada sentencia, esta vez la sensación era agridulce.
Disidencia
La decisión del TOF 2 no fue unánime. La sentencia fue avalada por Venegas Echagüe y Beatriz Cavallero de Baravani, mientras el otro integrante del tribunal, Omar Digerónimo, hizo una disidencia parcial. Por un lado, se pronunció por condenar a Bignone a prisión perpetua como autor mediato. Y por el otro, consideró que la calificación legal de lo ocurrido entraba dentro del delito de genocidio. En cambio, sus dos colegas lo desestimaron expresamente.
En cuanto a las responsabilidades, Guerrieri y Muñoz fueron condenados por dar las órdenes (autores mediatos), mientras Patti y Spataro lo fueron por ejecutarlas. Aunque las características de lo ocurrido hacen pensar que el operativo involucró a muchas más que dos personas.
El abogado de la Secretaría de Derechos Humanos, Santiago Bereciartúa, subrayó la importancia de las condenas, pero afirmó que llamaba la atención la absolución de los PCI, ya que el tribunal condenó a Guerrieri como autor mediato pero no a los integrantes de la patota que él comandaba como ejecutores.
Cambiaso y Pereira Rossi fueron secuestrados a media mañana del sábado 14 de mayo de 1983 –una jornada que los testigos recordaron como ventosa– en el bar Magnum, de Rosario. Según profusos testimonios ofrecidos durante el juicio oral, fueron llevados a la tornería Maiorano, sobre calle Biedma, donde los torturaron. Esa misma noche sus cadáveres aparecieron en un camino rural cercano a Lima, en la provincia de Buenos Aires, donde se simuló un enfrentamiento.
Parte del plan
Desde la fiscalía que integran Adolfo Villate y Federico Reynares Solari alegaron que estos asesinatos –así como el de Raúl Yager, el 30 de abril de 1983, en Córdoba– formaron parte del plan sistemático de represión ilegal en la última etapa de la dictadura cívico-militar en Argentina: el recurso a un posible rebrote subversivo para garantizar la impunidad, por la vía de una ley de autoamnistía. Por eso, tanto las querellas como el Ministerio Público acusaron a Bignone. Su absolución causó quizás la mayor sorpresa –e indignación– de la sentencia. “Vamos a insistir en la posición de la fiscalía en cuanto a que quienes intervinieron en el secuestro, quienes llevaron adelante materialmente el secuestro y los tormentos en la ciudad de Rosario fueron los integrantes del Destacamento de Inteligencia 121 que estaban imputados en la causa y también vamos a recurrir en Casación las absoluciones de Bignone y de Rodríguez porque consideramos que en función del rol que cumplían debían tener conocimiento de lo que estaba sucediendo, porque formaba parte de la estructura jerárquica que ellos comandaban con distintos grados de responsabilidad”, lo puso en términos jurídicos Villate ante una consulta de Página/12.
Las absoluciones, de todas formas, no taparon las condenas, que tenían en esta causa un valor especial. “Festejo las cuatro perpetuas que son un logro enorme. Recordemos que dos de estos personajes (Spataro y Patti) tenían un sobreseimiento firme y que son personajes emblemáticos en la impunidad de este país, pero no puedo mentir y no expresar mi disconformidad con las absoluciones que, obviamente, vamos a apelar. Creemos que hubo mucha prueba de la participación de los otros imputados que, además, por el lugar que ocupaba en la cadena de mandos, eran responsables”, expresó Schujman.
Insistencia
Haber llegado a una condena por delitos de lesa humanidad en esta causa fue una hazaña que comenzó con el tesón de las hermanas de Cambiaso y el denodado trabajo del fiscal federal Juan Murray, cuando asumió su función en San Nicolás. La causa fue reabierta en 2005. Pieza clave de la reconstrucción de lo ocurrido con los dos militantes montoneros, Murray fue durante este debate el blanco de los ataques de los abogados defensores privados de los represores. Es que Murray desmontó la teoría del enfrentamiento, como así también el sobreseimiento que dictó en la década del 80 el juez penal de San Nicolás Juan Carlos Marchetti. El fiscal insistió con que se trataba de “cosa juzgada írrita” y lo peleo con uñas y dientes.
Por eso, el veredicto de ayer –aun con su gusto amargo– era para festejar. “Esta causa tenía algunas particularidades que técnicamente las hacía más complicadas que el promedio de las causas por terrorismo de estado, acá había una resolución que cerraba esta causa, hubo que pelear por eso, lo que insumió mucho tiempo, y además había una versión oficial que se había intentado sustentar con un sumario de prevención, una investigación policial que hubo que dar vuelta y se demostró que era falsa la versión oficial de los hechos. Se pudo demostrar que esto no fue un enfrentamiento, sino que fue un asesinato”, expresó Reynares Solari.
Si bien los PCI fueron absueltos, todos tienen condenas anteriores en las causas Guerrieri 1 y 2. Pagano recibió la pena máxima en la primera parte, en 2010, que quedó firme en 2014. Cabrera fue condenado a 25 años; Sfulcini a 20 y López a 16 en diciembre de 2013, en Guerrieri 2.
En esa línea, Schujman rescató el valor de la militancia por verdad y justicia desde hace décadas. “Así como las violaciones a los derechos humanos son como una roca arrojada al agua cuyos efectos se multiplican sobre todos nosotros, también en la construcción de la memoria por la verdad y la justicia son cientos y cientos los que participaron de esto, y que vamos a seguir dando la pelea para esas condenas”, expresó la abogada de Hijos. “Pero no puedo dejar de ver que absuelven a estas personas y Milagro Sala está detenida, Belén (la joven de Tucumán, condenada a ocho años por un aborto espontáneo) está detenida, las dos de manera ilegal. Este es el país en el que estamos viviendo, y vamos a seguir dando la pelea porque no arrancamos de cero. Hay mucho camino recorrido, y vamos a seguir solicitando nuevas imputaciones, de los cómplices civiles y judiciales que aún no fueron pedidas”.